DESAPARECEN LAS COLABORADORAS MÉDICAS.

La calculada incertidumbre en la que desde hace cerca de una década se mantenía esta forma de prestación del servicio público de salud, en la Comunidad de Madrid, se acaba.

Las tres colaboradoras médicas que persistían en el sector, desaparecen con el año 2008, como hace cinco años se disolvió la más importante que ha existido y que correspondía a Telefónica.

Las empresas que venían persiguiendo llegar a esta solución desde hace tiempo, junto con la incompetencia de las administraciones públicas, nos sitúan a los trabajadores, ante la pérdida de un nuevo derecho.

Si la sanidad y durante los últimos 50 años, ha venido funcionando de una manera aceptable y a un coste económico razonable, nos vamos a encontrar a la vuelta de la esquina, que es cara y además de peor calidad.

Mención especial merecen las formas en que se produce la comunicación del cese. Con tan sólo quince días de antelación, en plenas fiestas, sin ninguna orientación para enfermos crónicos, para pruebas clínicas ya confirmadas, sin contemplar un período mínimo de acoplamiento, vamos una vergüenza. Por toda indicación, que se acuda al Centro de Salud más próximo.

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¿QUÉ ES LA LEY DE DEPENDENCIA? RESPUESTAS A PREGUNTAS FRECUENTES

EQUIPARACIÓN DE PENSIONES CON INCAPACIDAD COMO "PERSONAS CON DISCAPACIDADES"

PORTAL DE MAYORES.- IMSERSO

SERVICIO ATENCIÓN A LAS PERSONAS DEPENDIENTES (SAAD)

SEGURIDAD SOCIAL – JUBILACIONES ANTICIPADAS.

Es más que un placer publicitar que el primer juicio que hemos celebrado contra el INSS, lo hemos ganado y la compañera jubilada ha comenzado a cobrar una pensión un 6% mayor de la que en principio la fijó la Seguridad Social.

Y esto es así, porque la Magistratura de Trabajo nos ha dado la razón, y cada vez tenemos menos dudas de que nos la va a seguir dando en el futuro, en que las Leyes se hacen para cumplirlas, las que nos gustan y las que no nos gustan. Sólo la prepotencia de los Sres. gestores de la Seguridad Social, puede justificar que tengamos que acudir a los Tribunales para hacer cumplir algo tan claro y diáfano.

Volvemos a insistir, aquellos compañeros que acceden a la Jubilación Anticipada, con 61 o más años de edad, tienen derecho desde el 1 de 2008, a que si tienen más de 35 años cotizados y llegan a esa situación tras un Contrato de Prejubilación, a una penalización inferior al 8% por cada año que anticipan su jubilación.

Todo lo comentado es tan real, como el hecho de que aquellos que no reclamen, se van a quedar para el resto de su existencia con la penalización que les apliquen.